Acuerdo para salvar a Don Jediondo fue aprobado por 50,066% de los acreedores; las deudas suman $14.541 millones

Acuerdo para salvar a Don Jediondo fue aprobado por 50,066% de los acreedores; las deudas suman $14.541 millones

Bogotá – El próximo miércoles 19 de enero de 2022 se llevará a cabo la audiencia de confirmación del acuerdo de reorganización de Don Jediondo Sopitas y Parrilla, según informó el socio de Urazán & Abogados Asociados, firma experta en insolvencia empresarial, Juan Carlos Urazán Aramendiz, quien explicó que las deudas reconocidas por la compañía suman $14.541 millones según el reportes presentados a la juez.

Según el reporte entregado por Urazán Aramendiz, quien además hace parte de la lista de auxiliares de la justicia de la Superintendencia de Sociedades, las acreencias laborales se pagarán a un plazo de 25 meses.

Las acreencias laborales se pagarán, según el reporte, en un contado en el mes 25 de ejecución del acuerdo.

Acreencias fiscales

Respecto de las acreencias fiscales, es decir las que se tiene con entidades relacionadas con temas de impuestos, se pagarán con sujeción al siguiente programa:

Plazo: Treinta y siete (37) meses.

Forma de pago: A partir del mes 26 de ejecución del acuerdo, inclusive, en tres cuotas cuatrimestrales vencidas.

Seguridad social

Los créditos a favor de entidades de seguridad social se cancelarán conforme a las condiciones que se indican a continuación:

Plazo: 38 meses.

Forma de pago: En un (1) solo contado en el mes 38 de ejecución del acuerdo.

Tercera clase

Las acreencias pertenecientes a esta clase (es decir las que se tiene con los acreedores hipotecarios), se cancelarán conforme a las condiciones que se indican a continuación:

Plazo: 42 meses.

Forma de pago: A partir del mes 39 de ejecución del acuerdo, inclusive, en cuatro cuotas mensuales iguales, vencidas.

Cuarta clase

La cuarta clase está compuesta por las deudas que se tiene con los proveedores de materias primas o insumos necesarios para la producción o transformación de bienes o para la prestación de servicios.

Las obligaciones que conforman esta clase, serán canceladas mediante la dación de pago de un bien inmueble avaluado en $1.591 millones. En el evento de que ninguno de los acreedores que conforma la cuarta clase acepte la dación en pago con el bien inmueble, este inmueble será vendido y se pagará el 100% de las acreencias que conforma esta clase, a partir del mes 43 de ejecución del acuerdo, en cuatro cuotas trimestrales vencidas.

Quinta clase

La quinta clase está compuesta por los créditos que no gozan de preferencia, por ejemplo, proveedores que no sean estratégicos ni garantizados, préstamos que hayan sido obtenidos por el deudor sin ninguna garantía y sanciones.

Las acreencias pertenecientes a esta clase, se cancelarán conforme a las condiciones que se Indican a continuación:

Plazo: 86 meses

Forma de Pago: A partir del mes 59 de ejecución del acuerdo, inclusive, en siete cuotas cuatrimestrales.

Historia

El 28 de enero del 2020, la sociedad Don Jediondo Sopitas y Parrilla S.A.S. fue admitida al proceso de reorganización.

El primero de julio de 2021 se llevó a cabo la audiencia de resolución de objeciones. Allí se aprobó el proyecto de calificación y graduación de créditos y determinación de derechos de voto.

El dos y el tres de diciembre de 2021, la empresa allegó el acuerdo de reorganización junto con la votación de los acreedores, el plan de negocios de la compañía y las proyecciones financieras de la misma.

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La Superintendencia de Sociedades en su momento realizó un importante llamado a la sociedad Don Jediondo Sopitas y Parrilla S.A.S., en reorganización desde el 28 de enero del 2020, para que rindiera informe sobre el estado de cumplimiento de los gastos de administración a favor de diversos acreedores que aseguran que la compañía se encuentra en mora en los gastos de administración.

Al respecto la Superintendencia de Sociedades ha señalado que las obligaciones causadas con posterioridad a la fecha de inicio del proceso de insolvencia son gastos de administración y tendrán preferencia en su pago sobre aquellas objeto del acuerdo de reorganización o del proceso de liquidación judicial, según sea el caso.

Adicional a lo anterior, podrá exigirse coactivamente su cobro, sin perjuicio de la prioridad que corresponde a mesadas pensionales y contribuciones parafiscales de origen laboral, causadas antes y después del inicio del proceso de liquidación judicial.

Entre las quejas presentadas ante la Superintendencia de Sociedades por el presunto incumplimiento se encuentran:

Multiplika S.A.S. mandataria de Fiduciaria Corficolombiana S.A., en calidad de vocera del Fideicomiso de Operación Plaza Central

Total: COP $125.211.172 Concepto: Valores mensuales de concesión y aportes al fondo común de gastos, causados en el Contrato de Concesión Espacios 3-47 y 4-20A.

Importante: El valor que adeuda la concursada tiene aplicación de alivios económicos con ocasión a las medidas tomadas por el gobierno debido al Covid – 19. Parque Arauco Colombia S.A

Total: COP $54.974.715 Concepto: Facturas Nos. 41033, 41333, 41596, 41884, 42115, 42320, 42564 y 42822 Contrato de Concesión de Espacio Salón de Uso Comercial FC14 Edificio Primavera Urbana Centro Comercial y Empresarial.

Total: 210 días de mora entre marzo de 2020 hasta el 20 de octubre de 2020 Concepto: Cuotas de administración del local 347 Constructora Urbana San Rafael S.A.

Total: COP $101.585.925 Concepto: Primas o rentas por uso de local comercial. Centro Comercial Paseo San Rafael

Total: COP $21.762.831 Concepto: Primas y cuotas de administración

Eje Construcciones S.A.S

Total: COP $32.990.606 Concepto: Facturas Nos. 61141, 61408, 61622, 61827, 61994, 62137, 62316, 62556, 62662, Contrato de Concesión Espacio Salón de Uso Comercial SM2A

Inversiones Inmobiliarias Bucaramanga Arauco S.A.S. Total: COP $47.367.313 Concepto: Contrato de Concesión de Espacios Salón de Uso Comercial SFC408

Hay que recordar que ante el incumplimiento en el pago de gastos de administración, el acreedor cuenta con la facultad de iniciar las acciones legales que considere pertinentes, ante las autoridades competentes para atender el caso en concreto. Lo anterior incluso abre la posibilidad a requerimientos constantes de la Superintendencia de Sociedades y a la solicitud de la liquidación por parte de los acreedores.

Señala además el juez de quiebras que el incumplimiento en el pago de los gastos de administración puede ser signo de inviabilidad del deudor en el proceso de reorganización, el cual debe estar generando ingresos suficientes para atender, no solo los compromisos propios del giro ordinario de su actividad, sino también los que permitirán atender el pago del pasivo objeto de un eventual acuerdo de reorganización.

Activos:

Al 31 de diciembre de 2019, la sociedad presentó activos por $24.129 millones de pesos. Del total de activos, un 4% se representaba en efectivo y equivalente de efectivo, un 2.6% estaba representado por deudores comerciales en activos financieros; un 15.8% estaba representado en otras cuentas por cobrar no financieros; el 4% estaba representado por anticipos de impuestos y contribuciones en activos no financieros. Un 2% estaba representado por inventarios y un 71% por activos fijos que la empresa tiene a su funcionamiento.

Pasivos:

Al 31 de diciembre de 2019, la sociedad presentó pasivos por $20.480 millones. 92% del total corriente corresponde a pasivo. 3% del pasivo total está representado en obligaciones financieras a corto plazo y el 8% a largo plazo, el 22% por cuentas por pagar, el 24% por impuestos por pagar, el 11% por proveedores y el 6% por obligaciones laborales.

Patrimonio

Al cierre de 2019 la sociedad registró un patrimonio de 4 $3.649 millones.

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