Sacyr (la del «Puente Acordeón») perdió ante Corte de E.U. pleito para que se anularan laudos por los que debe pagar US$285 millones al Canal de Panamá

Sacyr (la del «Puente Acordeón») perdió ante Corte de E.U. pleito para que se anularan laudos por los que debe pagar US$285 millones al Canal de Panamá

Atlanta (Georgia).- La Corte de Apelaciones para el Circuito 11° de Estados Unidos se negó este viernes a anular dos laudos arbitrales que obligaron a pagar al constructor Grupo Unidos por el Canal, S.A. (Sacyr) contratado para la ampliación y la ejecución del tercer juego de esclusas del Canal de Panamá, US$285 millones.

En 2009 el Grupo Unidos por el Canal, S.A. (liderado por la española Sacyr S.A. e integrado además por Webuild, S.P.A. (hoy la italiana Salini Impregilo) y la belga Jan de Nul, N.V. – y la panameña Cusa-) fue contratado 3.118 millones de dólares para diseñar y construir un nuevo juego de esclusas para expandir el Canal de Panamá, trabajo que debió concluir en octubre de 2014.

El consorcio sólo completó la construcción hasta más de veinte meses pasado el plazo. Pronto siguieron disputas de responsabilidad y desde entonces las partes habían entrado en siete arbitrajes. El Grupo Unidos presentó varios reclamos contractuales contra la Autoridad del Canal de Panamá, la más reciente por US$671 millones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) que perdió.

Durante cinco años se llevó a cabo el arbitraje. El proceso incluyó más de 3.500 páginas de alegatos; 78 testigos de hecho; 63 peritos; más de 3500 exhibiciones; una audiencia de méritos de 20 días; y alrededor de 1290 páginas de escritos posteriores a la audiencia. El 21 de septiembre, 2020, el tribunal emitió un Laudo Parcial, que abordó la responsabilidad y las principales determinaciones de daños.

Sacyr
Sacyr

La próxima demanda contra Colombia

El laudo parcial desestimó la mayoría de los reclamos de Grupo Unidos pero le concedió US$26.838.878,20. Mientras tanto, el tribunal otorgó a Autoridad del Canal US$265,299,500.00, resultando en una ganancia neta de US$238,460,621.80.

A partir de entonces, Grupo Unidos solicitó, sin éxito, la anulación de los laudos en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. La Autoridad del Canal de Panamá, a su vez, defendió la confirmación de las decisiones, que en la Corte distrital de fueron concedidas.

El caso en que el consorcio pedía la anulación de dos laudos de la Corte Internacional de Arbitraje (“ICA”) de la International Cámara de Comercio pasó entonces a la Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito en donde el Grupo Unidos comenzó por cuestionar la imparcialidad de los árbitros, “por primera vez desde que comenzó el arbitraje cinco años antes” y solicitó divulgaciones adicionales de cada uno de los árbitros de “cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la independencia [de los árbitros] a los ojos de cualquiera de las partes o que pudiera dar lugar a dudas razonables sobre su imparcialidad”.

Impugnó su imparcialidad ante la Corte Internacional de Arbitraje (“ICA”) que no encontró ninguna base para la remoción y rechazó las objeciones. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida concluyó que Grupo Unidos confirmó la denegación y decidió la confirmación de los laudos. El tribunal escribió que “no hay indicios en este expediente de que Grupo Unidos no haya tenido una oportunidad sólida de presentar pruebas y confrontar las pruebas de la otra parte”.

Ahora, en esta apelación la parte perdedora del arbitraje internacional tampoco pudo obtener la anulación, después de que Grupo Unidos por el Canal, S.A., recibiera dos laudos opuestos que ascienden a más de un cuarto de billón de dólares por sus trabajos de construcción en el Canal de Panamá.

Sacyr
Sacyr

En marzo de 2015, la Autoridad del Canal nominó a Robert Gaitskell, ingeniero y abogado especializado en construcción. Luego el Grupo Unidos nominó a Claus von Wobeser, abogado y expresidente del capítulo mexicano de la CPI. La ICA confirmó a ambos en julio de 2015 y las partes acordaron su propio procedimiento para nombrar un presidente, que condujo a la nominación de Pierre-Yves Gunter, un abogado que dirige el grupo de arbitraje internacional en una firma suiza. el ICA, nombre confirmado en abril de 2016.

CONCLUSIÓN

“Las partes designaron árbitros, quienes afirmaron su independencia y revelaron cualquier conflicto potencial. El Grupo Unidos recusó a los árbitros con base en las divulgaciones tardías, y la ICA siguió el procedimiento adecuado al denegar esa recusación… porque no encontró ningún hecho que la llevara a cuestionar la independencia o imparcialidad de los árbitros.

El Grupo Unidos no puede tener éxito en esta defensa. El mínimo indispensable del debido proceso es un procedimiento imparcial, durante el cual las partes tuvieron la oportunidad de presentar pruebas y confrontar y rechazar lo que ofrece la otra parte.

…Y como ya hemos observado, no hay evidencia de parcialidad en este procedimiento. En consecuencia, confirmamos la orden del Tribunal de Distrito que deniega la solicitud de nulidad y confirma los laudos arbitrales”.

Confirmado el fallo del Tribunal.

Ir a inicio