Admitidas en protección de acreedores TV Azteca Colombia y Azteca Comunicaciones (del mexicano Ricardo Salinas Pliego) con deudas por $629 mil millones (US$147 millones)

Admitidas en protección de acreedores TV Azteca Colombia y Azteca Comunicaciones (del mexicano Ricardo Salinas Pliego) con deudas por $629 mil millones (US$147 millones)

Bogotá.- La Superintendencia de Sociedades decidió admitir a las sociedades Azteca Comunicaciones Colombia S.A.S., y a TV Azteca Sucursal Colombia, al proceso de reorganización regulado por la Ley 1116 de 2006, para que acuerden reestructurar con sus acreedores deudas por 629 mil 753 millones de pesos (unos US$147 millones).

El regulador corporativo decidió por conveniencia ordenar la coordinación de los procesos de protección a los acreedores, para elevar la tasa de reembolso o de retorno para los acreedores, y designó como promotor de ambos al auxiliar de justicia William Parra Durán.

Azteca Comunicaciones Colombia presentó pasivos por 393.482 millones de pesos al 31 de diciembre de 2024, un patrimonio negativo de $85.180 millones y pérdidas en el periodo por $66.454 millones, mientras que TV Azteca Sucursal cuenta con un pasivo total de 236.270 millones de pesos al 31 de diciembre de 2024 y reportó un patrimonio negativo de 37 mil 251 millones de pesos.

Azteca Comunicaciones Colombia S.A.S. fue creada el 21 de agosto de 2012 por la mexicana TV Azteca, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable (del mexicano Ricardo Salinas Pliego), para hacer parte de la Unión Temporal Fibra Óptica Colombia y participar en la licitación para crear una alianza Público – Privada para llevar a 1.078 municipios una red de fibra óptica con una inversión de $415.837 millones.

TV Azteca Sucursal Colombia fue constituida en Bogotá el 24 de octubre de 2011 también por su matriz controladora TV Azteca, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, para el desarrollo en el país de una red de fibra óptica, su operación, gestión y mantenimiento y para prestar los servicios de acceso a Internet de banda ancha y trasmisión de señales de telecomunicaciones.

La solicitud de admisión al proceso de reorganización de la sociedad Azteca Comunicaciones Colombia S.A.S. fue presentada en el Módulo de Insolvencia el 31 de marzo de 2025. Pero además el pasado 11 de abril de 2025 pidió decretar el inicio del proceso de reorganización de los Patrimonios Autónomos Fideicomiso Azteca y Fideicomiso Azteca Colombia, Itaú Asset Management Colombia S.A. Sociedad Fiduciaria Y Fiduciaria Davivienda S.A.

Sin embargo esta solicitud de decretar de oficio el inicio del proceso de reorganización de los patrimonios autónomos Fideicomiso Azteca y Fideicomiso Azteca Colombia, advirtió el coordinador del Grupo de Admisiones de la SuperSociedades, que no se acreditaron los requisitos y presupuestos establecidos en la Ley 1116 y en el Capítulo 12 del Decreto 1074 de 2015 para dar trámite, motivo por el cual será rechazada.

DRAMÁTICO PANORAMA DE AZTECA COMUNICACIONES COLOMBIA

ACCIONISTAS DE AZTECA COMUNICACIONES S.A.S.

Al 28 de febrero de 2025 Azteca Comunicaciones Colombia S.A.S. revela activos por valor 301.880 millones de pesos.

Sin embargo presenta incapacidad de pago para atender todos los compromisos adquiridos en las condiciones pactadas, por lo que deben ser modificadas y por eso acude al proceso de reorganización.

Lo anterior de acuerdo con en el flujo de caja adjunto, que corresponde al periodo abril de 2025 a marzo 2026 a efecto de acreditar el supuesto previsto en el numeral segundo del artículo noveno de la Ley 1116 de 2006.

Que, para evidenciar la situación, la compañía ha proyectado para el año siguiente; periodo abril 2025 a marzo de 2026, los compromisos adquiridos sin modificación alguna, así como los ingresos que pretende recibir del cual se concluye y acreditan esta situación_, tal como se detalla a continuación:

Como se evidencia, para el año inmediatamente siguiente, la compañía no logra atender sus compromisos y requiere una modificación en las mismas (se adjunta presentación completa del flujo a un (1) año).

La Empresa no tiene pasivo por concepto de capital, pendiente de pago por retenciones en la fuente a favor de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales — Dian; a la fecha la sociedad no tiene obligaciones vencidas por concepto de descuentos efectuados a los trabajadores y no adeuda obligaciones al sistema general de seguridad social de sus trabajadores, y se encuentra al día.

La sociedad es codeudora del Fideicomiso Azteca representado por Fiduciaria Davivienda S.A., en el crédito sindicado que actualmente se encuentra vigente con las entidades Bancarias (Banco Itaú CorpBanca Colombia S.A.- Itaú, Bancolombia S.A., Davivienda S.A.).

OBJETO SOCIAL DE AZTECA COMUNICACIONES:

La sociedad tiene por objeto principal:

1) la planeación, diseño, construcción, tendido, operación, mantenimiento y provisión de redes y servicios telecomunicaciones fijos y móviles, en territorio nacional o en conexión con el exterior, a través de cualquier tecnología, incluyendo servicios de telefonía fija y móvil, de capacidad de transmisión alámbrica o inalámbrica, de transporte de datos, servicios satelitales en sus diferentes modalidades, servicios de difusión (entre ellos servicios de radio y televisión en todas sus modalidades), servicios de acceso a internet, servicios de comunicaciones audiovisuales lineales o por demanda; servicios de alojamiento de aplicaciones informáticas, y servicios de data center, entre otros;

2) la provisión de servicios de información;

3) la provisión de aplicaciones y contenidos a través de redes de telecomunicaciones;

4) la provisión de tecnologías de la información y de las comunicaciones (tic);

5) la provisión de servicios de operación de redes de telecomunicaciones y de operaciones totales de sistemas de información, empleando para ello bienes, activos y derechos propios o ejerciendo el uso y goce sobre bienes, activos y derechos propios o de terceros, actividades de comercialización, venta y/o distribución de los referidos servicios y/o productos de telecomunicaciones y/o de tecnologías de la información y de las comunicaciones (tic);

6) la provisión de servicios de asesoría, consultoría, outsourcing y demás relacionados con los mencionados en los otros numerales;

7) usar, aprovechar, explotar y operar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y redes públicas o privadas de telecomunicaciones, a través de concesiones, autorizaciones o permisos otorgados por las autoridades competentes;

8) la producción, comercialización, adquisición, distribución, cesión, representación, compraventa, diseño, importación, exportación, uso, intercambio, aplicación o cualquier otra forma de contratación de todo tipo de eventos, espacios publicitarios, series y programas para radio, cine, televisión, sistemas de televisión restringida, redes públicas o privadas de telecomunicaciones, internet y cualquier otro sistema de telecomunicaciones conocido o por conocerse, incluyendo los derechos de transmisión de cualquiera de estos eventos, serie o programas, en su propio nombre o en nombre y representación de terceros en Colombia y en el extranjero;

9) la prestación de toda clase de servicios relacionados con las telecomunicaciones y la radiodifusión a través de todo tipo de aparatos eléctricos, electrónicos y mecánicos;

10) promover, constituir, organizar, explotar y tomar participación en el capital y patrimonio de todo género de sociedades mercantiles, civiles, asociaciones o empresas industriales, comerciales de servicios o de cualquier otra índole, formas de asociación, tanto nacional como extranjeras, así como participar en su administración o liquidación;

11) recibir de otras sociedades y personas, así como proporcionar a aquellas sociedades en las que sea socio o accionista o a otras sociedades, todos aquellos servicios que sean necesarios para el logro de sus finalidades, entre otros pero sin limitarse a servicios legales, administrativos, financieros, de tesorería, auditoria, mercadotecnia, preparación de balances y presupuestos, elaboración de programas y manuales;

12) adquirir acciones, intereses o participaciones en otras sociedades mercantiles o civiles, ya sea formando parte en su constitución o adquiriendo acciones o participaciones en las ya constituidas, así como enajenar o negociar

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