¡Ya no será tan en breve!: todo apunta a que lanzamiento de Bre-B no comenzará el 22 de septiembre, sino el nueve de octubre

¡Ya no será tan en breve!: todo apunta a que lanzamiento de Bre-B no comenzará el 22 de septiembre, sino el nueve de octubre

Bogotá.- De acuerdo con los tiempos que había anunciado el Banco de la República, el sistema Bre-B debería entrar en funcionamiento en menos de un mes. Sin embargo, todo parece indicar que habrá que esperar un poco más.

Desde un comienzo, se plantearon cinco fases. Las tres primeras consistían en el alistamiento, la promoción y la expectativa de Bre-B, que se cumplieron en el periodo comprendido entre octubre de 2024 y junio de 2025.

Actualmente, está vigente la fase cuatro, que es la del cargue de información. Y se estimaba que en septiembre arrancaría la cinco, consistente con el comienzo de la operación.

Pues bien, desde el pasado 24 de julio, los usuarios de los distintos bancos que hay en Colombia comenzaron a registrar sus llaves (llv), que será el mecanismo concreto que les permitirá hacer transacciones interbancarias inmediatas.

Con corte al 25 de agosto, el total de llaves registradas ascendía a 28,2 millones para 11,4 millones de clientes, lo que implica un promedio de 2,4 llv por usuario. Se esperaba, según el calendario del propio Emisor, que el 22 de septiembre entrara en funcionamiento el sistema Bre-B.

Sin embargo, Primera Página conoció en primicia que el banco central está próximo a anunciar que se corre dicha fecha para el nueve de octubre, mientras se terminan de ajustar algunos detalles.

Cabe mencionar que Bre-B es el sello que identifica el servicio de pagos o transferencias inmediatos interoperados de bajo valor.

En ese sentido, es un ecosistema que reúne a actores públicos y privados para permitir que los clientes de las instituciones financieras en Colombia realicen pagos o transferencias de forma inmediata, interoperable y con disponibilidad 24/7/365.

El marco regulatorio de la interoperabilidad en los Sistemas de Pagos de Bajo Valor Inmediatos (Spbvi) se encuentra contenido en la Resolución Externa 6 de 2023,  regulación de la Junta Directiva del Banco de la República que se desarrolló en virtud del artículo 104 de la Ley 2294 de 2023 (Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) y la Circular Reglamentaria Externa DSP-465 del Departamento de Sistemas de Pago (DSP) del Banco de la República en las que se establecen las reglas y estándares que deben cumplir las entidades administradoras de los Spbvi que procesan órdenes de pago y/o transferencias de fondos inmediatas.