Bogotá.- La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) impuso una sanción equivalente a $314.331.288 al canal RCN Televisión S.A. (de la Organización Ardila Lülle) por incumplir su obligación de emitir contenidos que promuevan la identidad cultural colombiana.
La medida se adopta, dice la Comisión, en ejercicio de las funciones de vigilancia y control que ejerce la CRC en materia de contenidos audiovisuales, y responde a la omisión reiterada en la emisión de obras cinematográficas nacionales, exigida por la regulación vigente.
La actuación liderada por la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC se originó tras identificar que RCN Televisión SA no había emitido obras cinematográficas nacionales durante los años 2022 y 2023, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 16.4.8.3 de la Resolución CRC 5050 de 2016 (vigente para la época de los hechos), que exige emitir al menos un 10 % de cine nacional respecto del total de producciones extranjeras transmitidas.
Aquí puede leer la resolución de sanción
Con base en los informes trimestrales entregados por el propio operador, que reflejaban un cumplimiento del 0 %, la CRC abrió una investigación administrativa sancionatoria en octubre de 2024. Dentro del proceso, y una vez ejercido su derecho de defensa, RCN no presentó pruebas que permitieran eximir su responsabilidad. La Comisión concluyó que se trató de una conducta reiterada y sin justificación, que constituyó una infracción al régimen regulatorio.
La multa impuesta asciende a 6.312 Unidades de Valor Tributario (UVT) del año 2025, lo que equivale a $314.331.288 pesos, decisión frente a la cual el operador RCN podrá interponer el recurso de reposición de acuerdo con lo establecido en la Ley 1437 de 2011.
Un llamado al cumplimiento de la regulación y la promoción del cine nacional
El marco normativo vigente establece que los operadores de televisión abierta con cobertura nacional deben incluir en su programación una proporción mínima de obras cinematográficas nacionales, como medida para garantizar la diversidad en los contenidos ofrecidos al público y fomentar la circulación de producciones que reflejen la cultura, los valores y las realidades del país.
La omisión de esta obligación no solo constituye una vulneración formal a la norma, sino que afecta directamente el derecho de las audiencias a acceder a una oferta audiovisual plural, incluyente y representativa de la identidad nacional. En este caso, el bien jurídico afectado es el pluralismo informativo, principio fundamental del sistema democrático y del servicio público de televisión.

“La Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC, reafirma con esta decisión su compromiso institucional de hacer cumplir las reglas que protegen los derechos de las audiencias y promueven una televisión más diversa, equilibrada y de calidad.
La televisión abierta cumple un papel esencial en la construcción de identidad cultural y en la difusión de contenidos que reflejan la diversidad de nuestro país. Esta no es simplemente una sanción, sino un llamado de atención a los operadores para que asuman con responsabilidad su deber de cumplir con una regulación diseñada para proteger a los televidentes y asegurar el acceso a una programación representativa de la sociedad colombiana» , manifestaron los Comisionados de la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC.
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