Nueva York.- El proceso de bancarrota (protección de acreedores) bajo elCapítulo 11 del “banco en la sombra” especializado en libranzas Credivalores-Crediservicios fue convertido en una liquidación de la compañía tras 22 años de existencia. Iniciará un proceso de bancarrota similar en Colombia.
Era la institución financiera no bancaria más grande de Colombia, dedicada principalmente al crédito al consumo, centrando su oferta en una variedad de alternativas de crédito y financiamiento flexibles, especializadas y personalizadas, que incluyen préstamos de deducción de nómina (Tucrédito) y financiamiento de primas de seguros (Credipóliza), para los segmentos menos privilegiados.
Ahora, tras no lograr su plan de reorganización al que se sometió el 16 de mayo de 2024 con un billón 669 mil millones de pesos al 31 de diciembre de 2023 en deudas, quedó sometida al Capítulo 7, por moción presentada por el síndico de Quiebras (fideicomisario), William K. Harrington, ante el juez David S. Jones, del Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, que la avaló.
Salvatore LaMonica, quien despacha en Nueva York y hace parte del bufete de abogados LaMonica Herbst & Maniscalco, fue nombrado síndico interino en este caso y la primera reunión bajo el esquema liquidatorio del caso se llevará a cabo el 21 de agosto de 2025 por Zoom.
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Salvatore LaMonica, síndico liquidador.
La participación accionarial del Credivalores-Crediservivios es la siguiente: Lacrot Inversiones 2014 SLU, 41,91%; Crediholding S.A.S. (de Finanza Inversiones S.A.S.), 20,6%; Davalia Gestión de Activos S.L, 20,0%; Acon Consumer Finance Holdings II S L, 12,0%; Acon Consumer Finance Holdings S. de RL, 2,5%; y el 3,0% restante se mantiene en acciones propias.
ACCIONISTAS DE CREDIVALORES-CREDISERVICIOS:

En la práctica, el nombramiento de un síndico – trustee – o fiduciario del capítulo 7, busca que que pueda descubrir reclamaciones valiosas para los acreedores y además, descubrir si existen salvaguardas que pueden implementarse para evitar una mayor disminución de los activos.
La conclusión del juez de quiebras y de los bonistas acreedores es que los informes operativos mensuales del deudor reflejan un patrón constante de flujos de efectivo negativos, disminuciones intermensuales en el saldo de caja final, una disminución de los activos totales y una pérdida significativa.
Por ejemplo, el informe operativo mensual de mayo de 2024 refleja un total de activos netos de 452.508.090 de dólares, mientras que el informe operativo mensual más reciente, presentado en mayo de 2025, reporta activos netos de 328.246.322 dólares. Esto refleja una pérdida neta en los activos totales de más de 120 millones de dólares.
Además, el informe operativo mensual de mayo de 2025 registra una pérdida acumulada desde el inicio de este caso del Capítulo 11 – en mayo de 2024 – de más de 132 millones de dólares.
El Grupo Ad Hoc de bonistas o tenedores de bonos es uno de los grupos de acreedores, si no el único, que ha comparecido ante el Tribunal y el que en últimas decidió no insistir más con Credivalores.
El siete de febrero de 2020, entre Credivalores y el Bank of New York Mellon, una corporación bancaria neoyorquina constituida bajo las leyes de Nueva York, como fideicomisario, registrador, agente de pagos y agente de transferencias se realizó la emisión de bonos como obligaciones generales no garantizadas del deudor:
RECLAMACIONES MAYORES SIN GARANTÍA:
THE BANK OF NEW YORK MELLON | US$ 220.154.250 |
FINANZA INVERSIONES S.A.S | US$ 42.600.551 |
DEUTSCHE BANK WINCHESTER HOUSE GREAT | US$ 32.865.666 |
FONDO NACIONAL DE GARANTIAS | US$ 25.471.061 |
BAN100 S.A. | US$ 8.753.563 |
BANCO DE OCCIDENTE | US$ 2.315-273 |
BANCOLOMBIA | US$ 2.189.218 |
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS DIAN | US$ 988.255 |
BANCO DE BOGOTÁ | US$ 644.842 |
METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA | US$ 599.721 |
TITULARES DE RECLAMACIONES GARANTIZADAS:

Credivalores tiene además una serie de créditos garantizados, surgidos en el curso ordinario de sus operaciones, clasificados como no deteriorados y que se pagarán en su totalidad al vencimiento de dichas obligaciones. Todos estos créditos están garantizados con cuentas por cobrar de préstamos de nómina o tarjetas de crédito del deudor, en otras palabras, las libranzas
Estos créditos garantizados ascienden a aproximadamente US$94,7 millones. El Plan prevé el pago íntegro en efectivo de todos estos créditos en el curso ordinario de sus operaciones, a medida que se reciban los pagos de las carteras de préstamos o a medida que estas se vendan.
El primero de marzo de 2024 con Clover Zermatt O LLC, Clover Private Credit Opportunities Origination II LP y Gramercy Colombia Consumer Lending Holdings LLC como prestamistas; y el siete de marzo de 2024 con GCS Colombia Finance LLC, GDA Luma Special Opportunities Fund, L.P. y Acon Colombia Finance II, LLC, como prestamistas; y el primero de abril de 2024 con Bancolombia S.A., Banco de Bogotá, S.A., Banco de Occidente S.A. y Banco de Santander de Negocios Colombia S.A. como prestamistas recibió indulgencia de pagos que no lograron detener el desangre.

CASO CONVERTIDO DEL CAPÍTULO (11) AL CAPÍTULO (7) SIN ACTIVOS
Además de decretarse una liquidación bajo el Capítulo 7 por un Tribunal de Nueva York, a la vez se dictó una orden de alivio pues la presentación del caso impuso una suspensión automática a la mayoría de las actividades de cobranza. Esto significa que, por lo general, los acreedores no pueden tomar medidas para cobrar las deudas del deudor ni sus bienes.
Por ejemplo, mientras la suspensión esté vigente, los acreedores no pueden demandar, alegar una deficiencia, embargar bienes ni intentar de ninguna otra manera cobrar al deudor. Los acreedores no pueden exigir el pago a los deudores por correo, teléfono ni de ningún otro modo. Los acreedores que violen la suspensión pueden ser obligados a pagar daños reales y punitivos, así como los honorarios de los abogados.
El Grupo Ad Hoc de tenedores de bonos – que es el mayor acreedor – poseía en el origen de la bancarrota Bonos Antiguos que ascendían a US$210.800.000, más un aumento estimado de intereses hasta el siete de febrero de 2024 de US$9.354.250.
El Tribunal determinó que existen motivos para convertir este caso a un caso bajo el Capítulo 7 del Código de Quiebras (de conformidad con el Título 11 del Código de los Estados Unidos, porque tras meses de esfuerzos posteriores a la confirmación para encontrar una solución diferente, el Grupo Ad Hoc se ve obligado a acordar con el Síndico de EE. UU. que existe una «causa» para convertir o desestimar el caso del Capítulo 11 bajo el que se venía llevando el proceso.
De hecho, existen al menos tres ejemplos de causa (cualquiera de los cuales es suficiente para satisfacer la liquidación):
(1) La pérdida continua del patrimonio y la ausencia de probabilidad de rehabilitación, lo cual se evidencia en parte en los informes operativos mensuales del deudor, que muestran pérdidas considerables y continuas desde el inicio de este caso del Capítulo 11;
(2) la imposibilidad de realizar un consumo sustancial del Plan Preempaquetado Enmendado del Capítulo 11 de Credivalores – Crediservicios S.A. confirmado el tres de julio de 2024; y
(3) el impago de las cuotas trimestrales del síndico de Estados Unidos
Por lo tanto se concluyó que existe causa para convertir este caso del Capítulo 11 debido a la pérdida sustancial y continua del patrimonio del deudor y la ausencia de probabilidad de rehabilitación. Existe una pérdida sustancial o continua para el patrimonio cuando un deudor continúa incurriendo en pérdidas o mantiene una posición de flujo de caja negativa… o … los activos del deudor han disminuido de valor desde que se inició el caso.
En la conferencia de estado de las cosas del 22 de mayo de 2025, Credivalores informó al Tribunal que no ha logrado llegar a un acuerdo con las partes interesadas y que la única opción restante es convertir o desestimar el caso de quiebra y que la desestimación beneficia a los acreedores, incluyendo si un síndico del capítulo 7 podría proteger los intereses de los acreedores.
El síndico deberá verificar existen salvaguardas que pueden implementarse para evitar una mayor disminución de los activos y por eso creen que una investigación resulta inútil. El síndico del Capítulo 7 puede contratar a un abogado de contingencia y se le recomienda informar al tribunal que la desestimación del caso del capítulo 7 está justificada.
La conclusión: la conversión al Capítulo 7 es la mejor alternativa a la desestimación. Con el nombramiento de un síndico del Capítulo 7, los acreedores conservan cierta esperanza de recuperación (por ejemplo, tras una investigación exitosa y la búsqueda de causas de acción), mientras que la desestimación simplemente pondría fin al caso sin el beneficio de una investigación independiente y objetiva sobre las operaciones del deudor.

En junio de 2023 GDA Luma, con Gabriel Alba al frente, se quedó con los bonos y ahora con la quiebra.
FECHAS CLAVES DE LA QUIEBRA:
1.- El 16 de mayo de 2024 (la “Fecha de la Petición”), el deudor presentó una solicitud voluntaria de amparo bajo el Capítulo 11 del Código de Quiebras. Véase la Petición Voluntaria, ECF n.° 1.
2.- El deudor presentó este caso para obtener la aprobación de un Plan Preempaquetado del Capítulo 11 que permitiera la reestructuración de sus pagarés emitidos bajo dicho Contrato de Emisión, con fecha del 7 de febrero de 2020, entre el deudor y el Bank of New York Mellon (.
3. El tres de julio de 2024, el Plan fue aprobado y confirmado por el Tribunal de Quiebras para el Distrito Sur de Nueva York.
4. El plan se demoró para entrar en vigor y en una audiencia celebrada el cinco de septiembre de 2024, porque se había iniciado un procedimiento de quiebra de un competidor contra el deudor en Colombia y que, dado que la empresa era objeto de otro procedimiento de quiebra en otro país, se enredó el asunto.
5. El Tribunal ha celebró numerosas conferencias sobre el estado del asunto y en abril de 2025 marcó “Sí” para indicar que está al día con el pago de las cuotas trimestrales del Fideicomisario de los Estados Unidos.
6. Sin embargo se encontraba en mora en el pago de las cuotas trimestrales del Fideicomisario de los Estados Unidos, de conformidad con el Título 28 del Código de los Estados Unidos, Sección 1930(a)(6), junto con los intereses aplicables de conformidad con el Título 31 del Código de los Estados Unidos.
7. En un correo electrónico dirigido al abogado del deudor, con fecha del 22 de mayo de 2025, se puso en duda la capacidad del deudor para pagar los honorarios trimestrales del Fideicomisario de los Estados Unidos y luego no proporcionó una respuesta sustancial.
8.- 10 de julio de 2025: se determina que es mejor la liquidación de Credivalores-Crediservicios.

Acerca de Credivalores-Crediservicios S.A.
Crediservicios se constituyó en 2003 con el objetivo principal de otorgar préstamos de deducción de nómina. Credivalores S.A. también se constituyó en 2003 y sus principales actividades comerciales eran las operaciones de factoring y la financiación de bienes, servicios y primas de seguros.
Ambas compañías prestaban sus servicios localmente en Cali, Colombia. Como resultado de una fusión en 2008, Credivalores S.A. fue absorbida por completo por Crediservicios S.A. y la entidad resultante cambió su nombre a Credivalores – Crediservicios S.A.S.
Con el tiempo, se expandió a otras regiones geográficas de Colombia, incluyendo Bogotá. En 2010, el deudor fue capitalizado por dos fondos de capital privado, Acon Colombia Consumer Finance Holdings, S.L. y Hsbc Capital (ahora Graycliff Partners), con el fin de fortalecer su estructura de capital y aprovechar su alto potencial de crecimiento.

David Seinjet Neirus
En abril de 2023 Credivalores-Crediservicios S.A. informó la renuncia de su entonces presidente, David Seinjet, quien luego de 23 años, desde su rol como fundador, dejó la Presidencia del “banco en la sombra”
En mayo de 2014, el deudor recibió una nueva inyección de capital de Gramercy, una gestora de inversiones estadounidense, y como resultado, Gramercy se convirtió en nuevo accionista del Deudor. En marzo de 2015, Gramercy completó una nueva inyección de capital, que fortaleció el patrimonio del Deudor, impulsó un sólido crecimiento y mejoró Sus índices de capitalización.
En junio de 2019, el deudor completó una transformación corporativa legal de una sociedad por acciones simplificadas (S.A.S.) a una sociedad anónima (S.A.) bajo la legislación colombiana y cambió su nombre a Credivalores – Crediservicios S.A., su nombre legal actual.