Bogotá.- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), expidió el Decreto 1013 de 2026, que “moderniza la infraestructura del mercado de valores colombiano”.
De acuerdo con el Gobierno, además, con esta iniciativa se buscan crear “mejores condiciones para atraer inversión nacional y extranjera, fortalecer el financiamiento del sector productivo y ampliar las alternativas de ahorro e inversión para empresas y ciudadanos”.
En concreto, establece “medidas que permitirán una mayor integración del mercado de valores colombiano con los mercados internacionales, incrementando la visibilidad de los valores emitidos en el país ante inversionistas del exterior y favoreciendo la llegada de nuevos participantes al mercado local. Este mayor flujo de recursos contribuirá a aumentar la liquidez, mejorar la formación de precios y fortalecer la competitividad del mercado de capitales”.
En ese sentido, se “incorporan diversas medidas orientadas a modernizar la infraestructura y el funcionamiento del mercado. Entre ellas, establece reglas más claras y transparentes para la negociación de grandes paquetes de acciones; amplía el acceso a las bolsas de productos agropecuarios para dinamizar este segmento del mercado; habilita la conexión entre las cámaras de riesgo colombianas y sus contrapartes internacionales para facilitar la compensación y liquidación de operaciones con valores locales; y moderniza las operaciones del mercado mostrador, como los repos y los préstamos de valores, mediante la ampliación de plazos y el fortalecimiento de los esquemas de garantías”.
Adicionalmente, agregó el Ejecutivo, se “brinda mayor claridad sobre las reglas aplicables al pago de dividendos a inversionistas extranjeros; autoriza a los administradores de fondos de inversión colectiva colombianos a gestionar fondos de inversión constituidos en el exterior; y actualiza el régimen de las cuentas de margen para fortalecer la liquidez de los valores elegibles”.
Entre las medidas del decreto, se destacan las siguientes:
– Facilitar la realización de operaciones repo o reporto y simultáneas sobre acciones y títulos de renta fija en el mercado mostrador, con un esquema de garantías que podrán administrar las partes, los sistemas de compensación y liquidación, y las Crcc, con el objetivo de evitar arbitrajes regulatorios en las operaciones TTV.
– Proyectar un nuevo esquema para el pago de dividendos por parte de los emisores, con el fin de alinearse con los estándares internacionales y potenciar la competitividad del mercado.
– Modificar el momento de pago del dividendo equivalente en las operaciones TTV para que coincida con la fecha de liquidación, brindando claridad y eficiencia a estos procesos.
– Ampliar los valores considerados en los programas de préstamo recurrente administrados por custodios, con la finalidad de incluir también las especies listadas en los sistemas de cotización de valores internacionales.
– Habilitar a los administradores de fondos de inversión colectiva para realizar actividades de gestión y administración de fondos constituidos y distribuidos en el extranjero, siempre que cumplan con los requisitos legales de la jurisdicción respectiva.

– Establecer un marco regulatorio que facilite la negociación de derivados no estandarizados en los sistemas de negociación de valores, en un entorno que propicie la participación de residentes y agentes extranjeros.
– Permitir la participación de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia en las bolsas de bienes y productos.
– Crear una operación especial para la venta de títulos de renta variable, ya sea en lotes o en masa.
– Establecer acuerdos de interoperabilidad entre las cámaras de riesgo central de contraparte.
– Con el fin de profundizar la liquidez local, diversificar la base inversionista y fomentar la eficiencia operativa del mercado local se permite a los intermediarios de valores extranjeros acceder a los sistemas transaccionales de valores.
– Realizar un nuevo régimen de cuentas de margen que permita que tanto la elegibilidad de los valores como sus márgenes sean dinámicas de conformidad con las situaciones de mercado.
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