Sancionado ex CEO de Avianca por no revelar información relevante en periodo más tormentoso entre socios

Sancionado ex CEO de Avianca por no revelar información relevante en periodo más tormentoso entre socios

Por Héctor Mario Rodríguez

Bogotá.- Uno de los mandatos sagrados del reglamento de Gobierno Corporativo de Avianca Holdings S.A. (Biblia de las buenas prácticas empresariales) ordena “asegurar que los accionistas y el mercado tengan acceso a la información relevante de la compañía de manera completa y oportuna”.

Tanto en esa corporación quebrada, durante la época de “Don Efro” y la posterior, como en muchos casos recientes muy recordados – Pacific Rubiales, Empresas Públicas de Medellín durante 13 años, Tecnoglass – fue letra muerta. Ese mismo reglamento – el de Avianca – dice, más adelante, que la información es “relevante” (es decir comunicable al mercado) si existe una alta probabilidad de que un inversionista razonable la considere importante al momento de tomar una decisión en relación con vender, comprar o conservar un determinado valor, o cuando sea probable que tenga un efecto significativo en la cotización de mercado. La información “relevante” puede ser negativa o positiva, explica en letras de molde.

Pues bien, la Superintendencia Financiera de Colombia acaba de sancionar al abogado brasileño Renato Covelo Frutos con una multa por $60 millones, por no divulgar al mercado bursátil, con suficiencia y oportunidad, toda la información relevante ocurrida en 2019 sobre el cambio de control (Efromovich sacado a “gorrazos” por United Airlines y Kingsland Holdings – de Roberto Kriete -) y otros asuntos sucedidos en esa delicada coyuntura en Avianca Holdings S.A.

Covelo sigue siendo ejecutivo de la matriz de aerolíneas, es el jefe de Chief People & Talent Officer (máximo jefe de Recursos Humanos, antiguo jefe de personal, por decir algo) en Avianca Holdings S.A. a la que ingresó en diciembre de 2016 como vicepresidente Jurídico. Luego, en 2017, pasó a ser, curiosamente, vicepresidente senior Legal, de Ética y Cumplimiento (es decir, velar porque se cumplan los códigos de transparencia corporativa – que no haya sobornos, p.e., pero esa es otra historia – y establecer si se ha usado indebidamente información privilegiada, por ejemplo).

Lo cierto es que a partir del 30 de abril, Hernán Rincón Lema renunció a seguir siendo presidente y chief executive officer de la holding, y Renato Covelo, quien venía desempeñándose como vicepresidente Legal y general counsel de Avianca, fue encargado como presidente y CEO, funciones que asumió a partir de mayo de 2019.

La situación de Avianca era muy delicada. Para hacer la historia corta, en noviembre de 2018 United Airlines otorgó un préstamo de US$456 millones a BRW Aviation Holding LLC, una compañía de responsabilidad limitada de Delaware y subsidiaria de propiedad total de Synergy, una empresa controlada indirectamente por José Efromovich y su hermano, Germán Efromovich.

Beneficiarios reales de las acciones ordinarias %

BRW Aviation 515.999.999 78.1 %

Kingsland 144.800.003 21.9 %

ADS 660,800,003 100.0 %

Acciones preferentes %

Directores y oficiales 2.763 0.01 %

Otros accionistas 336.184.522 99.99 %

Preferentes 336,187,285 100.0 %

BRW Aviation era el controlante del 78.1% de las acciones ordinarias con derecho a voto de Avianca, lo que representaba el 51.5% del total de sus acciones en circulación. BRW de los Efromovich endosó sus acciones como garantía en cumplimiento de una serie de condiciones financieras de un crédito otorgado por United a Synergy Group, de Germán Efromovich, a través de su compañía BRW Aviation, accionista mayoritario en Avianca Holdings, con 78%.

Kingsland es una compañía de propósito especial constituida bajo las leyes del Commonwealth de las Bahamas, que es indirectamente propiedad total de Atlantis Trust. Roberto Kriete, ex dueño de Taca con la que se fusionó a Avianca, y su familia tienen poder de voto dispositivo de las acciones de Kingsland.

Kingsland también comprometió con Wilmington Trust, como agente colateral en beneficio de United, todas las acciones ordinarias que poseía en Avianca Holdings (que representaban el 21,9% de las acciones ordinarias) como garantía para el pago y cumplimiento de ciertas obligaciones contractuales adeudadas.

BRW incumplió el Acuerdo de Préstamo con United y la aerolínea estadounidense aceleró las cláusulas del crédito y, en mayo de 2019, comenzó el ejercicio de los recursos contra BRW de los Efromovich. United designó a Kingsland de los Kriete como “tercero Independiente” con derecho a ejercer control de voto sobre BRW Holding (e, indirectamente, Synergy) que perdió el derecho de las acciones pignoradas.

Kingsland asumió el control de voto sobre Avianca Holdings si bien no se había transferido la propiedad económica de las acciones pignoradas de BRW, y Kingsland y / o United anunciaron medidas para hacer cumplir la pignoración de acciones y, en última instancia, ejecutar la hipoteca de las acciones pignoradas de BRW, lo que resultaría en la venta de Avianca Holdings a un tercero, lo que nunca se pudo hacer por el Covid y la sombrilla de la protección contra los acreedores en Nueva York.

Renato Covelo

EL SILENCIO SOSPECHOSO DE RENATO COVELO

Llegó el 24 de mayo de 2019 y tuvo lugar una Asamblea de Accionistas, reunión clave del máximo órgano de dirección de Avianca Holdings S.A., en una estrategia deliberada diseñada por United y Kingsland para aprobar determinaciones para consumar la toma el control de la administración de BRW y generar un cambio en la de Avianca. En esencia se logró nombrar una nueva Junta Directiva y aprobar ciertos nombramientos que incluyeron los de Roberto Held y Richard Galindo y hasta se aprobó la modificación de los artículos 8, 14, 15 y 16 del Pacto Social de la compañía.

La Junta Directiva hasta ese día

Las reuniones de la Asamblea General de Accionistas se llevaron a cabo a las 8:17 a.m. y 8:21 a.m. pero el primer reporte de información relevante solamente fue publicado en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a las 11:33 a.m.

“…el silencio del emisor sobre información que debía revelar inmediatamente ocasionó que los medios de comunicación como ‘Primera página’ y ‘Portafolio’, entre otros, noticias a partir de las 10:48 a.m., en las cuales se informaban las decisiones de United Airlines Inc. y la nueva composición de la Junta Directiva del emisor, estableciendo los nombres de los nuevos directores y la salida del señor Efromovich de dicho órgano social”, concluyó en la sanción la Superintendencia Financiera en la sanción.

El CEO y presidente de Avianca alegó que dicha información no fue revelada al mercado de forma oportuna porque procedió a reunirse a las 9 y 30 a.m., una vez finalizadas las reuniones de la Asamblea, con los abogados de United Airlines Inc y Kingsland Holdings Limited, y con José Gurdian, quien justamente había presidido las reuniones, para ser enterado de las decisiones adoptadas. No obstante, el primer reporte de información relevante solamente fue publicado en el Rnve a las 11:33 a.m.

Y eso, a pesar de que la información, a las 10 y 25 a.m. “ya se encontraba publicada por medios y fuentes fidedignas, como United Airlines Inc. a través de Edgar (el mecanismo de relevante en Nueva York), por lo cual el señor Renato Covelo estaba en capacidad de informar de ello al mercado, sin perjuicio de que, con ocasión de los análisis que llevara a cabo, considerara pertinente realizar una nueva publicación. Es así como, “la demora del emisor en aclarar la información ocasionó que la única información disponible para los inversionistas fuera aquella publicada por los medios de comunicación, la cual, como la misma defensa indica en sus explicaciones, no era completamente precisa y podía dar lugar a equívocos”, concluyen las resoluciones sancionatorias 0031 del 21 de enero de 2021 y la confirmatoria 0133 del 27de enero de 2022.

Igualmente aparece probado que la segunda publicación del emisor, realizada a las 13:44 p.m. del mismo día, se refirió a los nombramientos efectuados en las mencionadas reuniones, reiterando las personas que habían sido designadas como miembros suplentes de la Junta Directiva y como presidente de la sociedad, e informando, por primera vez, quiénes habían sido nombrados como miembros principales de la Junta y que el mismo Renato Covelo continuaba como presidente ejecutivo (CEO).

“Lo que se le reprochó al investigado fue la falta de revelación de las decisiones adoptadas por el máximo órgano social de Avianca Holdings S.A. que claramente constituían información relevante, al margen de que las reuniones se hubieran llevado a cabo de manera extraordinaria, sin convocatoria y agendas previas, pues aquel se encontraba obligado a publicar tales decisiones de manera inmediata, esto es, una vez se produjo la información”, advirtió el regulador.

Es más, como la información ya había sido revelada al mercado por Primera Página, al haberse omitido el cumplimiento del deber sagrado de información relevante por el CEO de Avianca, la Superintendencia Financiera alcanzó a requerir dos veces al emisor para que dijera qué pasaba y por eso el 21 de junio de 2019, formuló pliego de cargos de carácter personal a Covelo por haber incurrido, en Infracciones descritas en los literales g) y x) del artículo 50 de la Ley 964 de 2005, por incumplimiento de lo previsto en los artículos 5.2.4.1.1., 5.2.4.1.5., 5.2.4.1.6. y 5.2.4.1.8. del Decreto 2555 de 2010, al no haber revelado al mercado de valores, al menos, la publicación realizada por United Airlines Inc. en la página web de la SEC a las 10:25 a.m.

En este sentido, desmontó el alegato del brasileño que siendo la Asamblea de Accionistas el máximo órgano de dirección de Avianca Holdings S.A. no puede concluirse válidamente que la información referente a sus decisiones proviene de una fuente externa de la sociedad, cuando este es el órgano cabeza del mismo emisor.

“En consecuencia, la información indicada en el pliego de cargos no se origina en United Airlines Inc. y en los medios de comunicación, sino en Avianca Holdings S.A. misma, toda vez que las decisiones que la SFC solicitaba al emisor que revelara eran las propias de su asamblea de accionistas, lo que significaba de que debía ser revelada de manera inmediata el evento”, le explicó el regulador.

Pecado grave para el ex vicepresidente senior Jurídico, licenciado en Derecho de la Facultad de Derecho de Facultades Metropolitanas Unidas de Sao Paulo. Brasil, licenciado en Derecho Corporativo y Economía por la Fundación Getulio Valgas y Máster en Derech Internacional por la Universidad de Sao Paulo, además de haber hecho parte de vatios bufetes de abogados comoel prestigioso bufete Machado, Meyer, Sendac y Bohmart & Sacks en Nueva York.

Por eso le recordó la Superintendencia Financiera que la información constituye uno de los pilares fundamentales para el adecuado funcionamiento del mercado de valores, dado que la colocación o negociación de activos requiere necesariamente de un flujo mínimo de información que revele las condiciones y los riesgos a los cuales se exponen los inversionistas o cualquier persona que tenga interés en su adquisición.

El mercado de valores es transparente si dentro del mismo es posible “(…) una apropiada formación de precios y toma de decisiones, como consecuencia de niveles adecuados de eficiencia, de competitividad y de flujos de información oportunos, suficientes y claros, entre los agentes que en él intervienen (…)”.

Y aclara que la sola publicación de información no cumple con dicho cometido, a menos que se haga de forma clara y suficiente, reflejando la verdadera situación del emisor y todos los aspectos de la actividad social relevantes para el mercado, y, adicionalmente, de manera inmediata, una vez se produce el respectivo hecho.

Lo que se le reprochó al investigado fue la falta de revelación de las decisiones adoptadas por el máximo órgano social de Avianca Holdings S.A. que claramente constituían información relevante, al margen de que las reuniones se hubieran llevado a cabo de manera extraordinaria, sin convocatoria y agendas previas, pues aquel se encontraba obligado a publicar tales decisiones de manera inmediata, esto es, una vez se produjo la información.

Según la Súper, aún después de conocer los hechos por diferentes medios, tardó varias horas en divulgarlos a través del Rnve. Es así que el investigado divulgó las decisiones de la Asamblea General de Accionistas mediando dos requerimientos escritos de la Delegatura para Emisores, y además cuando ya algunos medios de comunicación, como el portal Primera Página y el diario Portafolio, habían divulgado las noticias.

Si bien el investigado no presidió las asambleas, pues en las actas consta que José Otilio Gurdián actuó como presidente de la Asamblea y Francisco Salvador Aquino como secretario de la reunión, ambos por aprobación de los tenedores de todas las acciones ordinarias emitidas y en circulación con derecho a voto presentes en dicha reunión, y en ausencia del presidente de la Asamblea y secretario en ejercicio de la Compañía, lo cierto es que ese hecho no lo relevaba de su deber de publicar inmediatamente la información relevante que allí se había generado.

Dada la inmediatez con la cual debe informarse al mercado de valores, la gestión de los representantes legales responsables de la divulgación de la información no puede pender de las relaciones que existan entre los diferentes órganos del emisor, sociales, directivos, administrativos o de control, menos aun cuando, como en el presente asunto, la información sobre lo sucedido ya estaba circulando gracias a su publicación en algunos medios de comunicación.

No se le aceptó al ex CEO el alegato que debía verificar la información: “la información que debía publicarse requería una mínima verificación por parte del investigado porque, entre otras razones, provenía directamente de United Airlines Inc., quien debía sujetarse a unos altos estándares legales de revelación. Por ello, no era válido aducir, como lo hizo la defensa en primera instancia, que “se requerían más de cuatro horas para saber cuáles eran las implicaciones financieras, legales y operativas para Avianca de las decisiones tomadas por United”.