Eco Oro levantó otros US$6 millones para echarle más leña al fuego de su demanda contra Colombia por US$746 millones

Eco Oro levantó otros US$6 millones para echarle más leña al fuego de su demanda contra Colombia por US$746 millones

Vancouver (Columbia Breitánica).- Eco Oro Minerals Corp. (CSE: EOM) anunció hoy un acuerdo de crédito con Graywolfe Capital Sezc por el cual la compañía puede pedir prestados hasta US$6 millones para financiar el arbitramento contra el Gobierno de Colombia al que acusa de incumplir el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Colombia.

El monto principal pendiente del Fondo devengará intereses a una tasa del 16,5% anual y todas las obligaciones bajo el Fondo estarán garantizadas por una garantía real general sobre ciertos activos y propiedades de la compañía.

Eco Oro (antes Greystar) es la propietaria de yacimiento Angostura, ubicado a 45 kilómetros de Bucaramanga y cubre una superficie total de 215 hectáreas. En enero de 2013 el vecindario de la mina Angustura fue declarado Parque Natural Regional Páramo de Santurbán, que consta de 11.700 hectáreas y se convirtió en un distrito de manejo integrado de 600 hectáreas, con lo cual quedaría con una extensión total de 12.300 hectáreas protegidas.

Eco Oro

La minera es contralada por Trexs Investments, del fondo Tenor; por Amber Capital (Oughourlian) y Paulson & Co. y en de diciembre de 2016 entabló una demanda contra Colombia, que se lleva ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial.

La neoyoquina Trexs Investments, LLC, terminará quedándose con el 51% si gana el arbitramento que iniciará contra el Gobierno de Colombia al que acusa de incumplir el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Colombia. Trexs Investments, LLC, pertenece al administrador de hedge funds neoyorquino Tenor Capital Management Company, L.P., especialista en procesos de arbitramento y manejo de pleitos corporativos (reestructuraciones y recapitalizaciones).

Los fondos proporcionados por el crédito de ahora se utilizarán para financiar los requisitos de capital de trabajo de la Compañía y para fines corporativos generales, incluida la financiación de los costos relacionados con el arbitraje en curso de la Compañía bajo los auspicios del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial en relación con su reclamaciones contra la República de Colombia.

El nueve de septiembre de 2021, el tribunal arbitral emitió una Decisión sobre Jurisdicción, Responsabilidad e Instrucciones sobre Quantum en la que encontró que el tratamiento dado por Colombia a la inversión de Eco Oro en el proyecto minero de oro y plata Angostura ubicado en el noreste de Colombia violó el artículo 805 del Tratado de Libre Comercio. Acuerdo entre Canadá y Colombia. El laudo final del tribunal está pendiente.

A menos que se paguen por adelantado de acuerdo con los términos del Acuerdo de Crédito, las obligaciones pendientes de la Compañía en virtud del Fondo deben reembolsarse tan pronto como sea razonablemente práctico, pero en cualquier caso dentro de los cinco días hábiles, después de que la Compañía reciba cualquier producto (“Ingresos de la Reclamación”) en respecto del laudo final.

 Los Ingresos del Reclamo, si los hubiere, se aplicarán al pago de las obligaciones pendientes de laCompañía con prioridad a la distribución de los Ingresos del Reclamo a otras partes interesadas de la Compañía, incluidos los tenedores de sus pagarés y valor contingente. certificados de derechos («CVR»), como se describe con más detalle bajo el título «Derechos de valor contingente y pagarés» en la discusión y análisis de la administración de la Compañía para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2023 presentado en Sedar en www.sedarplus.c a y como se establece a continuación.

Según los términos de los Pagarés y CVR, los Ingresos de la Reclamación (netos de cualquier monto pagado al Prestamista de conformidad con el Acuerdo de Crédito) se distribuirán o retendrán en el siguiente orden de prioridad:

primero, a los tenedores de los pagarés y CVR, un monto equivalente a los intereses moratorios, comisiones, gastos u obligaciones de indemnización impagos pagaderos a los tenedores de los Pagarés y CVR;

en segundo lugar, a los tenedores de su monto principal de US$ 24.672.727 en Pagarés que devengan intereses a una tasa del 0,025% anual, una cantidad igual al monto total de intereses y deuda que la compañía debe a los tenedores de los Pagarés (de los cuales aproximadamente US$24,7 millones están pendientes a la fecha del presente);

tercero, a los tenedores de sus CVR y participantes en el programa de incentivos gerenciales de la Compañía, un monto equivalente al menor de (i) US$460 millones y (ii) el 95% de los Ingresos de la Reclamación;

cuarto, US$30 millones a la Compañía;

quinto, a los tenedores de CVR y participantes en el programa de incentivos para la administración de la compañía hasta que el monto total distribuido a los tenedores de CVR y participantes en el programa de incentivos para la administración de la Compañía sea igual al 95% de los Ingresos de la Reclamación; y

sexto, a la Sociedad.

En consecuencia, la Compañía no tendrá derecho a retener ninguna parte de los Ingresos del reclamo de conformidad con el paso cuatro de la cascada de distribución descrita anteriormente a menos que los Ingresos del Reclamo (netos de cualquier monto pagadero al prestamista de conformidad con el acuerdo de crédito) excedan los montos pagaderos a los tenedores de pagarés y CVR en el primer, segundo y tercer paso de la cascada de distribución descrita anteriormente.

Aprobación de la junta

El accionista mayoritario del Prestamista es Courtenay Wolfe, directora de la sociedad. Si bien la transacción normalmente estaría sujeta a los “requisitos de aprobación de la minoría” establecidos en el Instrumento Multilateral 61-101 Protección de Tenedores de Valores Minoritarios en Transacciones Especiales (“MI 61-101”), la Junta Directiva, incluidos sus miembros independientes, han determinó que la Compañía es elegible para acogerse a la exención de los requisitos de aprobación de minorías prevista en la Subsección 5.7(f) [Préstamo al emisor, sin componente de capital o voto] de MI 61-101.

Acerca de Eco Oro Minerals Corp.

Eco Oro Minerals Corp. es una empresa que cotiza en bolsa y su arbitraje contra la República de Colombia es su enfoque principal.

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