La segunda quiebra de Bionergy, que fue revivida en contra del mandato de liquidación judicial, y un año después q.e.p.d.

La segunda quiebra de Bionergy, que fue revivida en contra del mandato de liquidación judicial, y un año después q.e.p.d.

Por Héctor Mario Rodríguez

Bogotá.- El viernes pasado, Rubén Darío Lizarralde, liquidador de Bioenergy SAS (autonombrado presidente), radicó en la Superintendencia de Sociedades un documento que revela que la empresa no cuenta con recursos para pagar a sus acreencias atrapadas en la masa de la liquidación. 

Literalmente el comunicado expresa lo siguiente: “me permito informar al Despacho que en este proceso no es posible en este momento asignar derechos de voto a los acreedores calificados y graduados, toda vez que, el activo con el que cuenta la concursada no cubre el pago de los gastos de administración, los que, a 31 de octubre de 2021, ascienden a $77.254.535.498”.

Esto significa que definitivamente no se pagarán los créditos que no había alcanzado a honrar Ecopetrol cuando entregó la empresa a la Superintendencia de Sociedades para su liquidación judicial el 24 de junio de 2020, los cuales se estiman en un valor cercano a los $45.000.000.000, según lo definido por la Superintendencia de Sociedades en la audiencia de calificación y graduación que se realizó el 12 de octubre.

En esa audiencia también se aprobó que el valor de los activos para vender y cubrir esa deuda es de $68.420.370.364. Sin embargo, el dinero resultante de esa venta debe ser destinado prioritariamente para cubrir los gastos en que se incurra el liquidador durante el proceso de liquidación, que en el caso de Bioenergy SAS, a la fecha suman $77.254.535.498.

Es decir, la venta de los activos no alcanzaría ni para cubrir esos gastos impagos y mucho menos los $45.000.000.000 de deuda atrapada en la liquidación y que Ecopetrol dejó sin pagar.

En síntesis, el valor del pasivo antes de iniciar la liquidación era de $45.000.000.000 y a esta altura de la liquidación ronda los $123.000.000.000, pero para cubrir dicha deuda solo se puede contar con la venta de un activo que vale $68.420.370.364 y los recursos resultantes de esa venta deben ser destinados en su totalidad y exclusivamente a pagar los gastos impagos en que ha incurrido el liquidador operando la empresa.

Este oscuro panorama lleva a concluir que la atrevida decisión que tomó la delegada para Procedimientos de Insolvencia, Susana Hidvegi Arango, de promover la continuidad operativa de la empresa, llevó al desastre.

Hizo caso omiso a que precisamente Ecopetrol la dejó de operar y entregó para su liquidación a la Supersociedades al concluir su inviabilidad. Argumentos que contradictoriamente fueron aceptados por la delegada para autorizar la liquidación.

Ecopetrol concluyó la inviabilidad de la Empresa basado en distintos análisis internos de los directivos de Bioenergy, así como en dos estudios de consultoría contratados con Mckinsey y Metrix Finanzas SAS., dichos análisis son reportados en el acta No. 53 de la Asamblea General de Accionistas de Bioenergy, en la que se tomó la determinación de solicitar la liquidación judicial a la Superintendencia de Sociedades, cuyo contenido constituye el principal argumento que Ecopetrol da a la Superintendencia de Sociedades para que fuera ordenada la liquidación judicial de Bioenergy, dado que tenían la certeza de que ni siquiera los beneficios de una reorganización haría viable a Bioenergy.

Rubén Darío Lizarralde Montoya

En contravía a esta contundente conclusión técnica de Ecopetrol la juez Susana Hidvegi Arango, sin contar con un estudio que desvirtuara los argumentos de inviabilidad sustentados por Ecopetrol y aceptados por ella como sustento para decretar la liquidación, consideró que la empresa estaba en condiciones de operar y en consecuencia desde el inicio de la liquidación ha concedido sucesivas autorizaciones a Bioenergy en liquidación judicial para que opere como una empresa normal, con el agravante de no sustentar sus decisiones de continuidad de la operación en análisis que muestren la viabilidad del negocio. 

Como consecuencia de esa osada decisión, los acreedores perdieron la totalidad de sus créditos por que los ingresos que recibe esta empresa son de lejos insuficientes para pagar los costos de la operación y por ende progresivamente acumula deudas gigantes que nunca podrá pagar.

La Superintendencia de Sociedades tendrá que responder por esa mala decisión de operar una empresa que recibió con sólidos sustentos de inviabilidad por parte de su dueño, Ecopetrol, y por su falta de vigilancia y control sobre la operación, pues en el expediente del proceso de liquidación no se observa que la Superintendencia haya realizado algún análisis, control, auditoría que permitiera parar esa enorme destrucción de valor con sus nefastas consecuencias para los acreedores.

LAS CONSECUENCIAS FATALES

Comienza a correr ahora el término de dos meses para que el liquidador venda los activos de la sociedad, es decir, hasta el 12 de diciembre. De no lograrse la venta, los activos pasarán a manos de los acreedores en común y proindiviso, lo que implica que los bienes serían repartidos a prorrata del valor de las acreencias reconocidas a cada uno y de quedar remanente, este será devuelto a sus accionistas, esto es, a Ecopetrol.

Al hacer un comparativo entre el activo con el que cuenta la sociedad para pagar a sus acreedores y el pasivo a cargo, podría decirse que Ecopetrol sería adjudicatario de $11.255.210.078, ($68.420.370.364-$57.165.160.286), de no ser porque existen unos créditos privilegiados dentro de la liquidación que corresponden a los gastos de administración, que en esta sociedad están por el orden de $70.000’0000.000, con tendencia a aumentar, según se reveló en la audiencia.

Los gastos de administración son aquellos generados por el liquidador durante el proceso y otros propios del mismo proceso; de acuerdo con la Ley 1116 de 2006, estos se deben pagar con preferencia sobre el pasivo calificado y graduado, es decir, sobre el pasivo con el que contaba la sociedad al momento de decretarse la liquidación.

Las cifras y decisiones del juez revelan que en este proceso no va a ser posible ni siquiera pagar los gastos de administración, ya que, con solo pagar los gastos de administración, a la fecha se observa un déficit de $-1.579.629.636,00 ($68.420.370.364- $70.000.000.000). Ese déficit significa que acreedores de Bioenergy SAS, tales como, los laborales, los fiscales, Banco Itaú, Banco de Bogotá, Bancolombia y los proveedores, no tendrán la posibilidad de recuperar sus créditos calificados y graduados.

Igualmente Ecopetrol perdería cualquier expectativa de remanente, pues todos los recursos que resulten de la venta de los activos deben ser destinados al pago de los gastos de administración.

La única posibilidad de revertir este panorama adverso es promover un acuerdo de reorganización dentro de la liquidación, en el cual, se tendría que suscribir un acuerdo entre los acreedores y la sociedad deudora, que le permita pagar estos créditos a largo plazo.

En estas condiciones, es evidente que existe una gran probabilidad de que, después de un año de liquidación con permiso de operación por parte de la Superintendencia de Sociedades, finalmente a los acreedores de Bionergy SAS no se les pague los créditos reconocidos.

Cabe recordar que al momento de la apertura del proceso de liquidación, es decir, el 24 de junio de 2020, con los activos existentes era posible pagar el 100% de los gastos de administración, los créditos calificados y graduados y adicionalmente, entregar un remanente a Ecopetrol, como accionista de la sociedad.